Claves de la reforma laboral

Salarios

Los salarios podrán ser pagados en dinero, ya sea en moneda nacional o extranjera, especie, habitación o alimentos.

Se creó el “salario dinámico”, que debe implementarse por medio de un acuerdo en los convenios colectivos de trabajo y que ata la remuneración al rendimiento o mérito individual.

Quedó ratificado que el pago de salarios solo podrá realizarse a través de bancos o entidades oficiales de ahorro, excluyendo la utilización de billeteras virtuales.

 Jornada de trabajo

Se habilitó la extensión del horario de jornada laboral diaria de hasta 12 horas corridas siempre mediante acuerdo entre empleadores y empleados y la creación del banco de horas permitirá compensar horas extraordinarias con descansos y evita al empleador el pago de horas extras. La organización de la jornada deberá respetar los límites legales y el descanso de al menos 12 horas entre turnos.

La digitalización obligatoria de los libros laborales tendrán plena validez y deberán conservarse durante una década. El registro de la relación de trabajo ante la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) será suficiente para acreditar el vínculo, sin exigir trámites adicionales en otros organismos.

 Aportes patronales y sindicales

Los aportes de las empresas a cámaras o asociaciones empresarias no podrán superar el 0,5% de las remuneraciones y serán voluntarios desde enero de 2028.

Para los sindicatos, los aportes de los trabajadores, tanto afiliados como no afiliados, no podrán exceder el 2%.

Se mantiene el aporte obligatorio del 6% destinado a las obras sociales. Se elimina la facultad de los empleadores para actuar como agentes de retención de cuotas sindicales sin consentimiento expreso.

Se crea el Régimen de Incentivo para la Modernización e Inversión (RIMI), orientado a fomentar la adopción de tecnología y la expansión empresarial, en línea con la reducción de cargas sociales.